Nosotros
Con más de 11 años de trayectoria defendiendo los derechos de los trabajadores.
Con el orgullo de que miles de clientes satisfechos nos recomiendan.
Con gran compromiso, esfuerzo y dedicación luchamos por los intereses de nuestros clientes, brindando un asesoramiento amplio, honesto e integral.
Nuestro método
Nuestro objetivo es brindarle el mejor asesoramiento para su caso.
Por ASESORAMIENTO, entendemos: brindarle las explicaciones en forma simple y clara, para que usted tenga las herramientas necesarias a la hora de tomar una decisión sobre el destino de su caso. Usted es quién decide, nosotros, lo asesoramos para que pueda hacerlo en forma tranquila y segura, obteniendo el mejor beneficio que podamos alcanzar. Creamos un espacio en el cual nuestros representados pueden tomar sus propias decisiones, siempre contando con nuestro respaldo profesional, pero conociendo sus posibilidades, siendo así usted mismo el que el elige lo que crea conveniente para su caso. Para que esto sea posible, ponemos a su disposición un asesoramiento claro y pedagógico, acompañando a nuestros asistidos en el proceso, con un método moderno e innovador, basado en la empatía y la confianza, brindando información legal actualizada, de calidad y todas las herramientas para que nuestros clientes puedan elegir con total claridad el destino de su caso.
ACCIDENTE DE TRABAJO - ENFERMEDAD PROFESIONAL
¿Quién responde y es responsable de que estos derechos se cumplan?
En la gran mayoría de los casos, el trabajador cuenta con seguro privado de ART. En estos casos las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo tienen a su cargo los derechos inherentes del accidente laboral o enfermedad profesional.
derechos
¿Cuáles son estos derechos?
1) Tratamiento médico
El trabajador debe recibir por parte de la ART un tratamiento médico integral de carácter obligatorio con todo lo necesario para lograr la mejor recuperación posible según el caso de que se trate. Brindar traslado al convaleciente en caso de corresponder, realizar los estudios clínicos del caso, cirugías de ser
necesario, rehabilitación, apoyo psicológico, etc. Siempre según lo demande cada caso en particular.
2) Derecho al cobro de una indemnización compensatoria
El trabajador deberá ser evaluado a fin de establecer, luego de agotado el tratamiento médico, si presenta secuelas incapacitantes, sean estas leves, moderadas o graves. A fin de que esto ocurra, el damnificado podrá iniciar el trámite para percibir su indemnización ante la Superintendencia de Riesgos del Trabajo.